Lo que ocurre es que los
documentos, igual que las personas, tienen una especie de vida propia y pasan
por diferentes edades. Así surge en la ciencia archivística la llamada Teoría
de las tres edades.
Según esta teoría los documentos
pasan por tres etapas desde su creación:
· Primera edad: en la que los documentos circulan y se tramitan. Su uso es frecuente, y reunidos y organizados forman el archivo de oficina.
·
Segunda Edad: Los documentos carecen de
valor administrativo, pero su conservación es necesaria ya que tienen un valor
legal y/o fiscal y son consultados con mucha frecuencia por la Administración o
los ciudadanos. Forman el Archivo Intermedio.
·
Tercera Edad: Los documentos tienen un
valor histórico y su consulta se lleva a cabo por los investigadores
preferentemente. Estos documentos forman el Archivo Histórico.
Generalmente a cada una de estas
edades se le asigna un número de años, así se dice que los documentos de
primera edad tienen de 0 a 5 años, los de segunda edad de 5 a 30 años y los de
tercera edad son aquellos que superan dicha fecha. Lo que no deja de ser un convencionalismo
tal vez de necesaria aplicación en grandes organizaciones, pero que aplicado a
ámbitos más pequeños puede ir en detrimento de la conservación de los
documentos y del aprovechamiento de los espacios administrativos.
De acuerdo con la Ley 16/1985
artículo 49.2. Forman parte del Patrimonio Documental los documentos de
cualquier época generados, conservados o reunidos en el ejercicio de su función
por cualquier organismo o entidad de carácter público, por las personas
jurídicas en cuyo capital participe mayoritariamente el Estado u otras
entidades públicas y por las personas privadas, físicas o jurídicas, gestoras
de servicios públicos en lo relacionado con la gestión de dichos servicios.
Esto quiere decir que para la
Administración la conservación de los documentos es de obligado cumplimiento en
todas las edades.
Para facilitar la conservación y
garantizar los derechos de los ciudadanos, los Ayuntamientos deben crear lo que
denominamos un Sistema de Archivo. Este sistema de archivo que podemos definir
como «el conjunto de órganos en donde se ubican los documentos en razón de su
utilidad para la gestión administrativa, los ciudadanos y los investigadores, y
que están atendidos por personal preparado y responsable», constituye el cauce
por el que discurre el flujo documental de un Ayuntamiento. Este cauce debe
estar debidamente canalizado y permitir la eliminación de los documentos que
obstaculicen su marcha. Como veremos al hablar del expurgo y la eliminación de
documentos, de todo el volumen documental que tramitan las oficinas municipales
sólo una mínima parte debe llegar al Archivo Histórico.
Como hemos visto, a cada órgano
le corresponde atender los documentos de una edad determinada.
Ahora bien, el sistema
archivístico se debe adaptar a las necesidades de cada organismo.
En las administraciones pequeñas
sólo existirán dos órganos para atender a todos los documentos:
El Archivo de Oficina y el
Archivo General o Municipal.
Para las Administraciones mayores
pueden existir 3 o 4. Así el Sistema de Archivos de la Administración,
establecido por el Decreto 914/1969, de 8 de mayo, define cuatro tipos de archivos:
ü
Archivo de Oficina
ü
Archivo Central
ü
Archivo Intermedio
ü
Archivo Histórico
Por ejemplo, en un Ayuntamiento
de una ciudad grande y estructura organizativa compleja se crearía el siguiente
sistema:
La denominación que estos archivos
tienen, puede variar por razones muy diversas. Por ejemplo el sistema
archivístico del Ayuntamiento de Barcelona4 está formado por los
siguientes órganos:
Podemos decir que
la creación de los órganos está condicionada por:
* Volumen documental
* Espacio disponible
* Mayor o menor cercanía
entre el archivo de oficina
y el Municipal.
* Metros lineales de documentación histórica
* Personal capacitado.
Y por otro factor fundamental: la
mayor o menor sensibilidad corporativa hacia la valoración de los documentos.
Independientemente
de la creación o no de órganos que representen diferentes niveles de archivo,
es importante destacar que la edad de los documentos y los valores que
llevan aparejados marcarán la distinta atención que requiere el documento pese
al espacio físico en que se encuentre.
En un Ayuntamiento es imprescindible la creación de un Archivo
Municipal perfectamente acondicionado, con espacio suficiente y con personal
cualificado, para recibir los documentos que se tramitan en las oficinas de tal
manera que en éstas sólo se archiven los documentos con vigencia
administrativa.
ACTIVIDAD:
Grabe un video de 5 minutos y me
explica este tema como si usted fuera el profesor y yo el alumno.
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